El CNDH lanza el proceso de reflexión acerca del Tribunal constitucional marroquí
El Consejo nacional de derechos humanos (CNDH) lanzó el proceso de reflexión sobre el Tribunal constitucional previsto por la nueva Constitución. En este marco, el Consejo ha organizado un seminario internacional sobre el Tribunal constitucional, el 15 y 16 de octubre de 2012 en Rabat.El Consejo nacional de derechos humanos (CNDH) lanzó el proceso de reflexión sobre el Tribunal constitucional previsto por la nueva Constitución. En este marco, el Consejo ha organizado un seminario internacional sobre el Tribunal constitucional, el 15 y 16 de octubre de 2012 en Rabat.
Este seminario se inscribe en el marco de las atribuciones del CNDH, en particular aquellas previstas por los artículos 13 y 25 del Dahir (decreto real) de su creación. En este sentido, y como señaló el presidente del Consejo en la sesión inaugural del seminario, “el Consejo acompaña el proceso de producción de leyes previstas por la Constitución, estableciendo, a través el lanzamiento de una reflexión colectiva, los elementos de respuesta y las propuestas concretas que pretenden tomar en cuenta la dimensión de los derechos humanos en cualquier producción normativa, especialmente en textos relacionados con la constitucionalidad en su sentido más amplio”.
Este seminario constituyo el primer paso hacia la presentación de una opinión consultiva por el CNDH sobre las leyes orgánicas previstas por los artículos 131 y 133 de la Constitución, relativos al Tribunal constitucional y la inconstitucionalidad. Fue un momento de reflexión colectiva y multidisciplinaria, enriquecida por la presencia de expertos nacionales e internacionales procedentes de Francia, Alemania, Bélgica y España.
Así, el presidente de la Asociación francesa de derecho constitucional, sr Bertand Mathieu que puso de relieve la relación entre el legislador y el Consejo constitucional, llamó a una colaboración entre el Tribunal y el poder legislativo para garantizar una mayor coherencia en materia legislativa, respetando las atribuciones de cada parte. Señaló que el papel del Consejo constitucional es el de examinar la constitucionalidad de la ley y no legislar.
Por su parte, el presidente de la Asociación internacional de derecho constitucional, sr Didier Maus, hizo hincapié en la importancia de la justicia constitucional en la protección de los derechos y libertades pasando de ser un tribunal regulatoria de los poderes a una jurisdicción que protege los derechos. Sr Marc Carillo, destacó el importante papel del tribunal constitucional español en la interpretación y aplicación de las disposiciones constitucionales que garantizan los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos.
Varios temas fueron discutidos durante este encuentro tratando, en particular: “la justicia constitucional: experiencias comparadas”, “la organización y funcionamiento de la futura Tribunal constitucional”, “el litigio constitucional”, y “la objeción de inconstitucionalidad”.
Cabe señalar que la Corte constitucional se establece en virtud del artículo 129 de la Constitución marroquí. El Tribunal Constitucional ejerce las atribuciones que le son conferidas por los artículos de la Constitución y las disposiciones de las leyes orgánicas. Asimismo, el Tribunal estatuye sobre la regularidad de elección de los miembros del Parlamento y de las operaciones de referéndum. Las leyes orgánicas, previamente a su promulgación, y los reglamentos de la Cámara de Representantes y de la Cámara de Consejeros, antes de su puesta en aplicación, deben ser sometidos al Tribunal Constitucional que se pronuncia sobre su conformidad con la Constitución.
Con la misma finalidad, las leyes pueden ser remitidas al Tribunal Constitucional previamente a su promulgación, por el Rey, el Jefe del Gobierno, el Presidente de la Cámara de Representantes, el Presidente de la Cámara de Consejeros, o por la quinta parte de los miembros de la Cámara de Representantes o por cuarenta miembros de la Cámara de Consejeros.